, es por lo que este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda Medida de Protección consistente en RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS PERMANENTES, por el domicilio de la VICTIMA, la ciudadana NORYS MIGUELINA CARABALLO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.978.423, de 40 años de edad, de oficio del hogar y domiciliada en la Llanada, sector 01, vereda 03, casa No. 15, cerca del Pool de Cambio de Rumbo, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, el cual será efectuado por funcionarios adscritos al IAPES, específicamente los destacados en el destacamento policial No. 11, con sede en la Urbanización Brasil, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por un lapso de seis (06) meses, los cual se deberán semanalmente dar punto y cuenta al Fiscal Superior del Estado del cumplimiento de la presente disposición; en tal sentido se ordena oficiar al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, (I.A.....