Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder un lapso de treinta (30) días contados a partir de la presente fecha para que la representante del Ministerio Público presente el Acto Conclusivo correspondiente en el presente asunto, seguido al imputado Celio Jesús Lozada López, venezolano, de 36 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la Cédula de Identidad N° 11.442.093, nacido en fecha 27-03-70, hijo de Juana López y Luis José Lozada, y residenciado en el Muco, Urbanización el Rosario, calle Los Muchachos, Casa N° 8879, Carúpano, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves en perjuicio de la ciudadana Yusmaris Del Carmen González Gómez; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Có.....