Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la CUESTION PREVIA contemplada en el ordinal 11º del artículo 346 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, opuesta por el ciudadano MARIO RAFAEL MARRUFFO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad abogado en ejercicio, titular de cédula de identidad número V-15.935.676, inscrito en el inpreabogado bajo el número 114.032, actuando en su carácter de defensor ad-litem de la Sociedad Mercantil "ARAPITO, C.A.", suficientemente identificada en los autos, en el juicio que por PRESCRIPCION ADQUISITIVA incoado por el ciudadano EPERMINIO AGUILERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-230.431, con domicilio en la Ciudad de Puerto La Cruz, representado judicialmente por la abog.....