En atención a los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, del Asunto Penal, seguido a los adolescentes: OMISSIS 1, OMISSIS 2 y OMISSIS 3,; quienes se encuentran incursos en los delito de INCENDIO Y LESIONES PERSONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 343 y 416 del Código Penal Venezolano vigente para la época cuando se cometió el delito, en perjuicio del ciudadano: ALBERTO LUIS RODRIGUEZ BRIZUELA , venezolano, de 21 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 17.022.688, residenciado en la Calle Los Picaros, sector Pela el Ojo, casa s/n, vía San José, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por extinción de la acción penal, por PRESCRIPCIÓN, con fundamen.....