DECRETA. PRIMERO: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad a favor del imputado ELEAZAR DEL VALLE CEDEÑO, venezolano, natural del Carúpano, Municipio bermuda, Estado Sucre, de 40 años de edad, nacido el 23-08-1967, titular de la Cédula de Identidad N° 10.628.000, de oficio Albañil, residenciado en los Ocumares, casa S/N, frente del Liceo, Casa S/N, de la comunidad del Rincón Municipio Benítez del Estado Sucre, Hijo de Maria del Valle Cedeño y Justino Millán, por la presunta comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; en virtud que estamos en presencia de un hecho punible, que merece pena privativa de libertad, cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, existiendo fundados elementos de convicción que se mencionan a continuación: Acta Policial, suscrita por e.....