Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al Acusado Roy José Martínez Rodríguez, venezolano, de 18 años de edad, nacido en Carúpano, en fecha 18-07-1987, Cédula de Identidad V 18.591.779, de profesión Obrero, hijo de Trinidad Rodríguez y Nicomedes Martínez, domiciliado en Campo Ajuro, Sector los Almendrones, Casa S/N, a cumplir la pena de UN AÑO y SEIS MESES DE PRISIÓN, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente, en perjuicio del Estado Venezolano. Asimismo se Decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida al ciudadano Radel Ramón Rodríguez Campos, venezolano, de 28 años de edad, nacido en Carúpano, en fecha 12-04-77, Cédula de Identidad V14.064.602, de profesión Obrero, hijo de Petra Rodríguez y Ramón Rodrígu.....