este Tribunal de Segundo en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, considera satisfechas las exigencias contempladas artículo 48 ordinal 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 318 ordinal 3º eiusdem, y 108 ordinal 6º del Código Penal, y Decreta el SOBRESEIMIENTO a favor del imputado Florencio Antonio Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.384.114, residenciado en Los Altos de Sucre sector Nuevo Mundo, Barrio 23 de Diciembre, casa S/N, Estado Sucre, por la comisión de LESIONES INTENCIONALES LEVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 419 del Código Penal vigente para la fecha de cometido el hecho, en Perjuicio del ciudadano Domingo Antonio Figuera