Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Revoca la formula alternativa de cumplimiento de pena Destacamento de Trabajo acordada a favor del penado Leonardo Antonio Rodríguez, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.924.003, de profesión u oficio Agricultor, hijo de Agustín Rodriguez y Roberta Rodriguez, residenciado en La Cumbre del Pilar de Río Chiquito, casa s/n, calle principal, cerca de la Escuela, Municipio Benítez, Estado Sucre, fue condenado por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, y se ordena su inmediata captura y reingreso al Internado Judicial de Esta ciudad para el cumplimiento total de la pena que le resta por cumplir por la comisión del delito de Homicidio Simple, previsto y sancionado en.....