Por todos los razonamiento anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal, extensión Carúpano administrando justicia y en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, DECRETA el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado RAMON ARISTIDES VILLARROEL CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.471.241