Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENAR a los ciudadanos: JOSÉ GREGORIO JIMÉNEZ CARRERA, venezolano, soltero de 28 años de edad, de profesión u oficio no definido, titular de la cédula de identidad N° V.- 21.381.838, nacido en fecha 10-12-1986, hijo de José Jiménez y Rosa Carrera, y residenciado en El Lirio, Calle Principal, casa S/N, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir una pena de SEIS (06) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y CINCO (05) DIAS DE PRISION, más las accesorias de Ley y RICHARD JOSÉ MOYA CARVAJAL, venezolano, soltero de 20 años de edad, de profesión u oficio no definido, titular de la cédula de identidad N° V.- 28.244.438, nacido en fecha 05-10-1994, hijo de Isaac Moya y Carmen Carvajal, residenciado en Calle Caracho, casa S/N, al lado de la escuela, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, más las accesorias de Ley, por la comisión de los .....