este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 y 494 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano Yasmil Manuel Díaz, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.740.249, condenado por sentencia dictada en su contra por el Tribunal 1 de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, imponiéndosele una pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en su segundo aparte.....