. Es por lo que se revisa la Medida acuerda imponer al imputado ciudadano JOEL LUIS JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad No. V-13.359.947, 31 años de edad, venezolano, de ocupación indefinida, nacido el 01-07-76, domiciliado en La Avenida Carúpano, detrás del estadio, Calle La Marina, casa S/N de color rosado, frente al Colegio Fe y Alegría, Caigüire, Cumaná, Estado Sucre, resolviendo la imposición de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad del las contenidas en el Artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada TRES (03) DÍAS ANTE LA UNIDAD DE ALGUACILAZGO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL y PROHIBICIÓN DE SALIDA DE LA CIUDAD DE CUMANÁ. Así mismo se ordena oficiar a la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a los fines que se practique médico legal se insta al Ministerio Público para que oficie al mencionado Órgano Policial. Se convoca a las partes y al imputado para la realizac.....