DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Juicio Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SANCIONA conforme al procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, al adolescente XXXX, de nacionalidad venezolana, natural de Cumaná, nacido en fecha 06/05/1.999, de 18 años de edad, adolescentes para el momento en que se cometen los hechos imputados, titular de la cédula de identidad Nº V-XXX, soltero, de oficio vendedor de caramelo, hijo de los XXXX; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 5 y 6 numerales 1, 2 3 y 10, en relación al articulo 7 de la Ley Orgánica Sobre Robo y Hurto de Vehiculo, en perjuicio de HENDERG SALAZAR, y USO DE FACSÍMILE DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 114 de la Ley Para el Des.....