, este Juzgado Segundo de Control Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, acuerda concederle en GUARDA Y CUSTODIA al ciudadano Richard José Medina, titular de la cédula de identidad N° 11.379.426, residenciado en Urbanización las palomas Manzana 05, calle 18, casa numero 8 Cumana Estado Sucre. el vehículo con las siguientes características: MARCA CHEVROLET AÑO 1979 COLOR BLANCO, CLASE, AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN , PLACAS AKA 325, MODELO ENT 610-32, SERIAL DE MOTOR: MJV303244 SERIAL DE CARROCERIA 1T19MJV303244, con la obligación de no efectuar en relación a él acto alguno de disposición.- Líbrese oficio al jefe del "ESTACIONAMIENTO GRUAS EL FARO" de esta ciudad de Cumana, para la entrega del referido vehículo.- Notifíquese a las partes. Cúmplase.