por UNANIMIDAD dicta sentencia ABSOLUTORIA, en la causa seguida a los acusados: xxxxxxxx por su presunta participación en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 en concordancia con el articulo 68 y 83 todos del Código Penal en perjuicio del ciudadano ARQUÍMEDES JOSÉ CORDOVA CORDOVA; en virtud que no quedó demostrado en el presente debate oral y reservado que los Acusados de autos hayan sido las personas que perpetraron el hecho objeto del presente debate. Así mismo, cabe destacar que no quedó destruido el Principio de Presunción de Inocencia por parte del Ministerio Público, ya que no se presentaron en sala todos los medios probatorios promovidos por la Representación Fiscal, lo cual impidió la debida valoración de las pruebas a fin de dar cabal cumplimiento al Principio de Inmediación de los Miembros de éste Tribunal. Por lo que la sentencia a dictar es Absolutoria por UNANIMIDAD de conformidad con lo establecido en el artículo 602 literal "D" .....