DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada LOVELIA MARCANO MUÑOZ, actuando con el carácter de Fiscal Primera del Ministerio Público, contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, en fecha 11 de abril de 2007, mediante la cual, declaró IMPROCEDENTE la solicitud de Juramentación de las abogadas ELVIRA DEL VALLE GOITIA y REINA DEL JESÚS PATIÑO GONZÁLEZ, Defensoras Privadas de la imputada; SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada contra el auto dictado por el Juzgado Cuarto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, en fecha 11 de abril de 2007, mediante la cual, declaró IMPROCEDENTE la solicitu.....