actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por UNANIMIDAD resuelve lo siguiente: PRIMERO: se declara culpable al acusado JUAN ANTONIO PEREZ ROJAS, quien es venezolano, de 19 años de edad, y portador de la cédula de identidad No. 17.539.649, de la comisión del delito de Trafico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, en consecuencia, se le condena a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de Ley, que es el termino mínimo establecido para el delito, en virtud que el acusado es merecedor de la atenuante establecida en el ordinal 1 del artículo 74 del Código Penal, la cual a pesar de no haber sido alegada por su defensor, el Tribunal, considera que es aplicable aun de oficio, por ser una circunstancia que favorece al acusado. Así mismo, se ordena su reclusión en el Internado.....