Se dicto sentencia definitiva, declarando CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO en bases del artículo 185-A del Código Civil, interpuesdta por los ciudadanos OMAR VENANCIO GAMBOA BAEZ y NULVIA JOSEFINA CALDEA NORIEGA, cónyuges, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-5.908.379 y V-12.215.969, respectivamente, asistido por el abogado en ejercicio OSCAR A GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el 59.890; quedando DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía.