Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana LAILYN JOSEFIN MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.858.538 contra el ciudadano BENJAMIN MOYA MOLINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.875.952; en consecuencia, queda disuelto por divorcio en base al Articulo 185 causal 2ª del Código Civil. Y ASÍ SE ESTABLECE-