Como quiera que el Convenio aquí celebrado, no va en contra de los intereses del niño: "omissis", ni de las buenas costumbres, es por lo que este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, con sede en Casanay, que Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al Convenimiento celebrado entre los ciudadanos JOSÉ ANGEL MONTAÑO ROJAS y ROSMELVIS JOSÉ SANCHEZ, por ante la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de la Parroquia Mariño, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, según Acta de fecha 13 de noviembre de 2013, y le otorga el carácter de cosa juzgada con fuerza ejecutiva, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Como consecuencia del presente Convenimiento queda establecido que la suma de dinero aquí indicada como Obligación de Manutención, UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES.....