este Tribunal Quinta Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 44 y 45 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado ANDRÉS ANTONIO CARABALLO VELÁSQUEZ, venezolano, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.232.851, de estado civil casado, de ocupación docente, nacido en fecha 21 de julio de 1981, residenciado Vía el Peñón, calle principal, primera entrada casa N° 01 cerca de la ferretería MIS TRES HIJOS, de esta ciudad, por la comisión de los delitos de AMENAZAS y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículo 41 y 40 de LA LEY ORGÁNICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, respectivamente, en perjuicio de la ciudadana ROSA NIDIA HERNÁNDEZ DE CARABA.....