en consecuencia este Juzgado DECLARA CON LUGAR la solicitud de Destrucción de la Droga, a pedimento del Ministerio Público, consistente en la siguiente muestra: Diez Gramos con Treinta Miligramos (10gs con 30Mgs), Cocaína base Tipo Crack; la cual deberá ser destruida por la vía de Incineración, una vez transcurrido los 30 días que estipula la Ley de haber recibido la respectiva notificación del órgano con competencia en Materia de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, todo de conformidad con el artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas.- Líbrese la notificación respectiva al Ministerio de Salud y Desarrollo Social a objeto de que este solicite la totalidad o parte de la sustancia incautada con fines terapéuticos o de investigación, indicándosele la cantidad, clase, calidad y nombre de dicha sustancia, remítase el presente asunto a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público.