DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; SOBRESEE la causa a favor de las Ciudadanas: CELIA COROMOTO GONZALEZ DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 11.061.929 y residenciada en Calle 9 de Abril de San Martín, Carúpano, Estado Sucre y MARVIS YANETH MARCANO UGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 17.020.906 y residenciada Calle 9 de Abril, casa s/n, San Martín, Carúpano, Estado Sucre; por la comisión del Delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de las Ciudadanas: MARVIS YANETH MARCANO UGAS y BENITA COROMOTO GONZALEZ. Todo de Conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 8°, 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal penal y 108, ordinal .....