Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE, al acusado HECTOR RAFAEL CASTILLO PEREZ, venezolano de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.886.677, domiciliado en la calle real, sector cardonal, casa Nº 26 de esta ciudad, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de CARMEN CORDOVA ya que en el debate no se evidenció la comisión del mismo por parte del acusado, y lo declara CULPABLE, por la comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sanciono 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN CORDOVA, en consecuencia, se le condena, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) MESES DE PRIS.....