DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano Frank Reinaldo Mata, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.881.089, nacido en fecha 22-05-1969, de 42 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio soldador, hijo de Modesta Mata y Jacobo Valencia, y domiciliado en la Calle Perú, Casa Nº 28, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Modesta Del Carmen Mata, estableciéndose un régimen de pruebas por el lapso de Un (01) año,.....