en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto. En consecuencia, queda confirmada la decisión de fecha 16 de septiembre de 2005, emanada de la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de este Circuito y Circunscripción Judicial, recaída en el juicio de divorcio que le sigue el ciudadano JOSE ANGULO, titular de la cédula de identidad número 9.459.242 contra la ciudadana INÉS GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 12.741.822.
Bájese en su debida oportunidad.
El Juez Superior (p),
Dr. Miguel Ángel Vásquez Urbano.
La Secretaria,
Dra. Reyna del Jesús Patiño González.
Exp. N° 5486.-
MAVU/rpg/pcdm.