Por todo lo anteriormente señalado es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA una vez Revisada la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad realizada por el ABG. FERNANDO CARVAJAL, defensor de la imputada, ciudadana KATIUSKA ELENA GAMARDO CORDOVA, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.237.926, nacido en Cumaná, fecha de nacimiento 16-09-1989, hija de Antonio Gamardo y Martha Córdova, de ocupación estudiante universitaria, estado civil soltera, residenciada en san Juan Cancamure Dos, cerca de gallera el mango, San Juan de Macarapana, Municipio Sucre, Parroquia San Juan, estado Sucre; por encontrarse presuntamente incursa en la comisión de los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTORIA, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 3 DE LA LEY CONTRA EL SECUESTRO Y LA EXTORSIÓN y ASOCIACIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO .....