Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE al acusado BELTRAN JUNIOR BRUZUAL MARCANO, venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.753.549, nacido en fecha 01 de septiembre de 1991, De oficio caletero, hijo de Leonor Marcano y Emilio Alcalá y residenciado en el Tacal, sector la curva, calle principal los bordones, casa N° 83, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 con los agravantes establecidos en el artículo 77 numeral 11 del Código Penal, concatenado con los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de BARTOLO JOSE SALAZAR Y EL ESTADO VENEZOLANO, en consecuencia se les absuelve de la responsabilidad penal por los citados delitos en el he.....