Por las razones antes expuesta, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: Interrumpido el Debate Oral y Público, seguido a los acusados: José Antonio Villon Giménez, quien se encuentra incurso en la presunta comisión de los delitos de Hurto Calificado en Grado de Tentativa, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 4° y 9° en relación con los artículos 80 y 81 todos del Código Penal Venezolano; Ocultamiento de Sustancias Químicas Controladas, previsto y sancionado en los artículos 35 y 2 numeral 30º de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 6 en relación con el artículo 16 numerales 1º, 2º, 6º y 12º de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; Wuilmer Ramón Briceño Ortiz, por la.....