Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Cumplida y por consecuencia Extinta la Pena Corporal del ciudadano WILFREDO RAFAEL RIVAS MAYZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.662.047 y residenciado en Tres Picos, Calle Los Olivos, saca Nº 23, Cumaná Estado Sucre y así se declara con fundamento en los artículos 479, 482, 495, 497 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal Vigente. Librese la correspondiente Boleta de Libertad Plena por cuanto cumplió con la totalidad de la pena;