Acuerda sustituir la medida cautelar decretada por este tribunal en fecha 30/05/2006, por la prevista en el artículo en el ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado Marcelino Lorenzo Rodríguez Mundarain, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.144.413 consistente en presentaciones cada 15 días por el lapso de seis meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. En consecuencia, se ordena librar boleta de libertad y junto con oficio remitirla a la Comandancia de Policía de esta ciudad.