Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre-Carúpano, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentada por el ciudadano FRANCISCO EDUARDO CORTEZ VILLALBA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 9.288.778 en contra de las sociedades mercantiles PETROSAUDI OIL SERVICES LTD, Compañía incorporada bajo las Leyes de Barbados con el certificado de incorporación N° 33127, en fecha 31/01/2010 y SERVICIOS VENEZOLANOS COSTA AFUERA, C.A. inscrita por ante el registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en fecha 04/03/2008, bajo el N° 36, Tomo -02.
SEGUNDO: Se condena SOLIDARIAMENTE a las sociedades mercantiles PETROSAUDI OIL SERVICES LTD, y SERVICIOS VENEZOLANOS COSTA AFUERA, C.A.
TERCERO: No hay condena.....