Este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE por unanimidad: UNICO: declara al acusado GEOLUIS ANTONIO VÁSQUEZ DÍAZ, venezolano, nacido en fecha 22/08/ 1987, de 20 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 17.910.581, hijo de Nancy Díaz y Ramón Vásquez, residenciado en la Avenida Perimetral, al lado de la Cooperativa La Trinidad, casa S/N, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, NO CULPABLE de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos HECTOR GARCÍA VILLAFRANCA y MARY LISBETH SEQUERA HEREDIA; por existir una duda razonable y en consecuencia lo ASUELVE; ordenándose su inmediata Libertad.