Entonces, resulta forzoso para esta Superioridad confirmar la condena al demandado de pagar la cantidad de veintiocho millones quinientos mil bolívares (Bs.28.500.000,oo), que es la sumatoria del monto de las dos hipotecas constituidas, aunado a la cantidad que resulte del cálculo de los intereses a la rata legal del uno por ciento (1%), mensual desde el 14 de junio de 2000, hasta la fecha que quede definitivamente firme la presente sentencia. A cuya resultante deberá descontársele la cantidad de catorce millones novecientos mil bolívares (Bs.14.900.000,oo), que corresponde a lo abonado por el deudor según consta en los recibos tenidos por reconocidos durante el presente proceso. Así se decide.
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana .....