Con fundamento en lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo de Cumaná- Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
INADMISIBLE por CADUCIDAD el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Abogado FELIX CASANOVA SANTULIO, inscrito en el inpreabogado bajo el número 47.135 actuando en su condición de apoderado ALCALDIA DEL MUNICIPIO BOLIVAR DEL ESTADO SUCRE, contra la providencia administrativa N° 74-2014 de fecha veinticinco (25) de Febrero del 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Sucre con sede en Cumana. Publíquese, Regístrese. Déjese copia de la presente decisión. De conformidad con el articulo 152 de la Ley Orgánica del poder público Municipal se ordena notificar al Sindico procurador Municipal de la presente decisión mediante oficio , anexándole copia certificada d ela misma señalando le a las partes que el lapso de apelación comenz.....