Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Protección del Niño, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: NO HA LUGAR, el recurso interpuesto en el juicio que por INTERDICTO DE DESPOJO, sigue la ciudadana LISETTE KAROL SALAZAR, contra la ciudadana JULIETA PUENTES ARAQUE.
Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Se deja expresa constancia que la presente decisión ha sido dictada y publicada dentro del lapso legal del diferimiento.