En base a las declaraciones rendidas por los testigos, dejando salvo los derechos que puedan corresponder a terceros y connfome a lo dispuesto en los artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, se decretó Título Suficiente de Propiedad sobre una casa ubicada en la calle Mariño de Irapa, alinderada por el NORTE: casa que es o fue de Benilde de Rojas; SUR:casa que es o fue de los hermanos Martínez Mujica; ESTE: su fondo y OESTE: calle Mariño de Irapa, a favor de la ciudadana: JOSEFINA DEL VALLE MARTINEZ MUJICA.