Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: JOSE ALBERTO DANCOURT MASIAS Y YUSULBEHT DEL VALLE PONCE TATA de nacionalidades venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.824.035 y 11.829.822, respectivamente