Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado ANDY ANTONIO ORTEGA BRAVO, venezolano, Natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 20 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 25.413.567, de profesión u oficio obrero, nacido en fecha 01/09/1996, hijo de Antonio Ortega y Berenice Bravo, con domicilio en San Martín, calle 22 de agosto, casa s/n, cerca del asilo de ancianos, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre , a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por estar incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de NATHALY, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal. Manteniéndose la medida privativa de libertad que pesa sobre el acusado de autos, en virtud del quantum de la pena impuesta, hasta tanto el Tr.....