En mérito de lo expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: ADMITIR totalmente la Acusación fiscal presentada en fecha 28-06-2016, conforme a lo establecido en el artículo 578, literal "A", en relación con el artículo 579, literal "B", ambos de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por la presunta comisión del delito AMENAZA tipificado en el articulo 41 de le Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vid Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana: SANTA YELITSA VENERE ROJA, por los hechos ocurridos en fecha 23-01-2014.
SEGUNDO: Se DECLARA Culpable y en consecuencia se sanciona conforme al Procedimiento por Admisión de los Hechos, contemplado en el artículo 583 de la Ley Orgánica Para la Protección del .....