Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MATILDE JOSEFINA ZAPATA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 9.974.412, contra la FUNDACION NUEVO ROSTRO.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS BS. 17.424,59, por los conceptos de Antigüedad 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, Indemnización del artículo 125 de la L.O.T, Vacaciones y bono vacacional fraccionado, Bonificación de fin de año fraccionada y Salarios caídos determinados en el cuerpo de la sentencia. Mas lo que arroje la experticia complementaria del fallo, por los intereses de prestaciones sociales, dicho concepto será calculado por un único experto, mediante u.....