Por las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; en este estado de la fase preparatoria del proceso y sin perjuicio de que se revise con posterioridad la nueva medida de coerción personal que se impone al ciudadano Luis Enrique Heredia, en investigación iniciada por la comisión del delito de Distribuación de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y a los fines de garantizar las finalidades del proceso, ACUERDA Al ciudadano Luis Enrique Heredia, venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 11.439.084, con domicilio en Calle Las Flores N° 40, Cariaco, Municipio Rivero del Estado Sucre o Urbanización Nueva Cumaná, Torre 02, Piso 06, Apartamento 06-B de Cumaná; Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, consistentes en presentaciones periódicas cada cinco (5) días ante la Ofi.....