DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Estadal Municipal en Funciones de Control, Nº 03 del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Decreta la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en la presente causa seguida al Ciudadano RAUL URIKEL GONZALEZ ANDUJAR, venezolano, mayor de edad, natural de Cariaco Estado Sucre, nacido en fecha 24-02-1976, soltero, obrero, residenciado en la calle Principal casa sin numero del caserío Yaguaraparo, Municipio Cajigal Estado Sucre, y el subsecuente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 4 y 6 del Código Penal vigente para la fecha, por haber operado la prescripción procesal de la misma en base a los artículos 108 ordinal 5° y 110 primer aparte del código penal, todo.....