el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; por estimarse necesario a los fines de garantizar las finalidades del proceso y con el objeto de que este no resulte ilusorio, dado que concurren los extremos exigidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA RATIFICAR LA ORDEN DE CAPTURA acordada en fecha 2 de junio de 2005 y ratificada en varias oportunidades; en contra del ciudadano LUIS ENRIQUE SEGURA GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15934.243, residenciado en el Barrio Cruz de la Unión, calle principal casa N° 80 de esta ciudad, en causa penal seguida por el delito de: ROBO GENÉRICO, en perjuicio del ciudadano HUGO LOBATÓN MARCHÁN. En consecuencia, emítanse nuevamente dichas Ordenes de Captura y diríjanse con oficio al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegac.....