Sin embargo, por cuanto consta en el Acta de Defunción de TAILER MARCONI GÓMEZ DECENA que también son herederos, los menores: KRIMAR DEL VALLE GÓMEZ VALLEJO, SAMUEL JOSUE GÓMEZ ARANA, PRINCESA VALERIA y CRISTOFER MARCONI GÓMEZ VÁSQUEZ, en su condición de hijos del de cujus, en aplicación del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual establece que la competencia por la materia se encuentra estrictamente vinculada con el orden público y al interés superior del Niño, Niña y del Adolescente, garantizado por la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana sobre Derechos del Niño, ratificada por Venezuela, que es desarrollada en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal al apreciar el acta de defunción consignada, la valora como prueba de la existencia de los menores, cuyos derechos pudieran resultar afectados con el Decreto que se produzca en esta solicitud, por lo que, de conformidad con lo pr.....