Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: SIN LUGAR, el Recurso de apelación interpuesto por el Abogado Germán Figuera, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 68.764, en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano José Elivino López, contra la Sentencia Interlocutoria dictada en la presente Incidencia de Oposición a la medida preventiva, por el Juzgado de Municipio del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 05 de Octubre de 2010.- En consecuencia, se CONFIRMA en todas sus partes la Sentencia Interlocutoria recurrida.- Así se decide.-
Se condena en costas al recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedim.....