PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos. Intentada por los ciudadanos: LUIS DAVID BETANCOURT ACOSTA, RICHARD ANTONIO ACOSTA CEDEÑO Y JESUS RAMOS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nº 20.565.986, 10.472.130, y 15.090.442. Respectivamente en contra de la empresa co-demandada INVERSIONES 2010, C.A
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada a cancelar a la parte demandante la suma condenada por los conceptos de pago de diferencias salariales, indemnización sustitutiva de los Interés de Mora, lo cual deberá ser calculado por el experto designado. Y ASI QUEDA ESTABLECIDO.
De igual manera se le ordena cancelar las cantidades que resulten por los Intereses de Fideicomiso conforme al artículo 143 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, efectuándose el cálculo desde la fecha en que nace el derecho a la antigüedad en la relación laboral hasta la fecha de terminación de la misma; dichos.....