Por las consideraciones anteriormente señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos: ANATOLY MOSKALENKO, ALEXEY KASATKIN, VIACHESLAV MOZOL, IGOR ZOBNIN, GENNADY ZAGOROVSKY LIUBOV MOSKAELNKO, SERGEY LUZIN y NIKOLAY BELYY, identificados con los números de pasaportes Nº PX0324671, PX0086987, PX0309670, PX0331429, PX0350032, PX0324670, PX: 0344959 y PX 0346849 en su orden, en contra de la Sociedad de Comercio FLOTA INDUSTRIAL ZERPAMAR, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 08-05-2006, bajo el Nº 71, Tomo 1317 A. No hay condenatoria en costas por considerar que no es temeraria la acción.
Regístrese, .....