En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 2, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JOANNA MARINELLA RODRIGUEZ AVILA y PABLO DANIEL ALMEIDA FIGUEROA, venezolanos, titulares de las Cédulas de identidad Nros. V-12.665.346 y V-14.189.234, respectivamente, domiciliados la primera en la Urbanización Agualuz, Manzana D-51, Prolongación de la Avenida Cancamure y el segundo en el Barrio Venezuela, Tercera Calle Nro. 234, Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 184 de fecha 23.....