este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECRETA: LA PRESCRIPCION DE LA PENA, de conformidad con lo previsto en el artículo 112 numeral 1°, en consecuencia se DECRETA LA EXTINCION DE LA PENA, según lo consagrado en el artículo 479 ordinal 1ero del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano RAFAEL ANGEL GIL, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.339.683,